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A la hora de comprar o vender un inmueble ambas partes deben asumir una serie de impuestos y gastos asociados a la operación, que debemos tener en cuenta desde el inicio para evitar sorpresas futuras y tener en cuenta estas cantidades en el precio de compra de un inmueble.
Estos gastos devengan en el momento de la firma de escritura de compraventa en notaría y en la posterior inscripción en el Registro de la Propiedad. Veamos cada uno de ellos y quien debe asumir su coste.
Antes del momento de la compra o de comprometernos mediante un contrato de arras es necesario asegurarnos que será posible asumir la compra –en caso de necesitar hipoteca contar con el estudio y condiciones particulares por parte de la entidad financiera- y haber comprobado el estado jurídico de la vivienda. Para ello debemos asumir los siguientes gastos:
– Coste de la Tasación: cualquier entidad bancaria realizará en primer lugar un estudio económico del cliente, normalmente sin coste alguno, para posteriormente realizar la comprobación del valor del inmueble mediante una tasación.
– Análisis del inmueble en el Registro de la Propiedad: Antes de entregar cualquier cantidad o comprometernos a la compra es imprescindible revisar la nota simple de la vivienda, en la que figura la información de la que dispone el Registro de la Propiedad, principalmente los titulares de la vivienda y las cargas –hipotecas, embargos, etc.- sobre la vivienda. Si la gestión de venta la realiza una agencia inmobiliaria en Alicante no habrá más que pedirla, pero si la venta la realiza el propio particular será necesario solicitarla al Registro.
– Inscripción en el Registro de la Propiedad: tras la firma de la escritura acudiremos al Registro para que inscriba la vivienda a nombre de los compradores y la hipoteca si existiera. El coste del registro es proporcional al valor de compraventa del inmueble.
– Gestoría: si para la compraventa hemos contado con una hipoteca es la entidad financiera la que asigna una gestoría para realizar todos los trámites relacionados con la inscripción y presentación de impuestos, gestiones que también conllevan un coste.
– Alta de Suministros o cambio de titulares. Tras la compraventa será necesario dar de alta o modificar los suministros. En Alicante Inmobiliaria por ejemplo nos ocupamos de estas gestiones sin coste, pero depende de la agencia inmobiliaria en Alicante si lo realizan o no. En caso de alta lleva unos gastos que varía en función de la empresa suministradora. Para el cambio de titulares Aguas de Alicante solicita la cédula de segunda ocupación, que incluye una tasa del ayuntamiento más el coste de realizar el certificado.
– Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o IVA: En caso de que compremos una vivienda nueva abonaremos un 10% del valor de compraventa en concepto de IVA. Si hemos comprado una vivienda en Alicante de segunda mano pagaremos un 10% del valor con carácter general, existiendo deducciones para jóvenes, minusválidos o familias numerosas.
– AJD, Actos Jurídicos Documentados: impuesto autonómico que grava la escritura de la hipoteca. A partir de noviembre de 2018 será la entidad financiera la que debe abonar este impuesto, que no puede repercutir en el cliente.
Si estás buscando tu casa ideal, en Alicante Inmobiliaria podemos ayudarte a encontrarla y a tramitar todo lo necesario hasta la firma en notaría para un proceso sin sobresaltos.